VIII Congreso Popular e Internacional en Defensa de la Escuela Pública
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Salta: niño muere aplastado por pared en una escuela

La CTERA y ADP manifiestan su conmoción frente al grave accidente ocurrido en el día de ayer en el Hogar Escuela “Carmen Puch de Güemes”, de la localidad de Salta, en el cual perdiera la vida un alumno a raíz del derrumbe de una pared. Asimismo, se solicita una urgente investigación para que se determinen las causas y responsables de la tragedia.

Expresa que es responsabilidad Indelegable del Estado Provincial el mantenimiento de las condiciones de seguridad de los edificios escolares. En el marco de la Paritaria Nacional en el año 2011 se han aprobado las 12 Recomendaciones Básicas de infraestructura de los edificios escolar para que sea posible el funcionamiento de las mismas garantizando condiciones dignas de enseñar y aprender.

Es competencia del Estado Provincial asegurar que esas condiciones se cumplan, bajo ningún aspecto legal se puede responsabilizar a los- las trabajadoras de este lamentable accidente, como de cualquier otro que tenga por causa el deficiente estado de los edificios escolares.

Al mismo tiempo expresa profundo dolor frente a la pérdida irreparable de la vida del alumno de 8 años en la escuela y acompaña a su familia y seres queridos en este difícil momento.-

 

 

 

Buenos Aires, 11 de Junio de 2013

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Salta, 11 de junio de 2013.-

Preocupación por las condiciones edilicias de las escuelas, lugar de trabajo de los docentes

Desde la Asociación Docente Provincial acercamos nuestro dolor y nuestras condolencias a los padres y a la familia del niño Ezequiel Cardozo, quien falleció en el día de ayer al caerse una pared del Hogar Escuela sobre su cuerpo.

También manifestamos a la comunidad en general que vemos con mucha preocupación estas situaciones que están sucediendo en los lugares de trabajo de los docentes, y esto pasa porque no se está cumpliendo con garantizar el Derecho a la Educación.

En situaciones delicadas como estas, nadie debe hacerse el distraído y cada área debe hacerse responsable de la función que le compete.

Apelamos a que se investigue y se llegue a los verdaderos responsables de hechos como éste, que ayer han terminado con la vida de un niño, y que se garantice, como lo prevé la legalidad y el derecho la presunción de inocencia de los trabajadores.

Desde la ADP velamos por los derechos laborales docentes y por la estabilidad en su trabajo; y reclamamos al gobierno la realización de Jornadas sobre Responsabilidad Civil Institucional, con el marco legal correspondiente que defiende la situación de los docentes en las escuelas, en jornada con suspensión de actividades para las instituciones primarias y secundarias.

Patricia Argañaraz

Secretaria General de ADP

 

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Parte de Prensa

Restitución Inmediata de los Cargos

La Asociación Docente Provincial lamenta el fallecimiento del niño, Ezequiel Cardozo, en el Hogar Escuela Carmen Puch de Güemes, a quien se le cayó una pared de la Institución, y comparte el dolor de los padres y de la familia por esta terrible perdida.

Además, deja en firme que de acuerdo a lo resuelto en las Paritarias Nacionales del año 2011, que tiene carácter de Ley Nacional, por lo tanto la provincia de Salta debe acogerse a ella, establece que los problemas de Infraestructura Edilicia corren bajo la responsabilidad del Estado.

Por lo tanto se solicita al gobierno la restitución inmediata de los cargos a los directivos y docentes del Hogar Escuela Carmen Puch de Güemes. Solicitando, a su vez, la contención, apoyo y asistencia Psicológica a toda la Institución en forma gratuita debido al difícil momento que están atravesando, y que ha afectado la estabilidad y la sensibilidad de todo el personal docente.

De ninguna manera corresponde la separación del cargo ni sanción alguna a los directivos ni a los docentes, ya que no se trata en éste caso de una situación de abuso de ningún tipo, sino de un accidente fatal que claramente atañe al ámbito donde la provincia tiene designados los encargados de Infraestructura Edilicia.

 

Patricia Argañaraz

Secretaria General de ADP

 

 

 

 

Parte de lo Resuelto en la Paritaria Nacional del año 2011, con carácter de Ley Nacional

 

EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD

 

El titular deberá probar el caso fortuito, conforme al Art. 514 del Código Civil, a fin de no tener responsabilidad sobre el hecho ocurrido.

 

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL:

 

El titular del servicio educativo tiene la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil, a fin de garantizar a la victima del daño una adecuada reparación, de conformidad al nuevo texto del Art. 1117 del Código Civil.

Las escuelas dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación,(en el caso de la Pcia de Bs. As.) cuentan con un seguro escolar contratado con Provincia Seguros, a través de la cual todos los alumnos regulares de los establecimientos de la DGCyE (oficiales y privados), se encuentran asegurados contra los siguientes riesgos:

a) Incapacidad parcial y permanente

b) Incapacidad total y permanente

c) Indemnización por muerte

d) Indemnización por gastos de asistencia medica y farmacéutica.

Constando cada uno de los requisitos y documentación a presentar en la Circular N° 3 de la Dirección de Cooperación Escolar del 9 de abril de 1977, la que se encuentra vigente.

 

 

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