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AMP > Concursos y elecciones JUETAENO > 03.SEP.2014 > VOLVER
AMP, intimó a Educación La Asociación de Maestros y Profesores (AMP) emplazó mediante carta documento al Ministerio de Educación de la Provincia a que en 72 horas publique oficialmente la convocatoria a concursos para ingresos, ascensos, traslados y acrecentamientos de cargos u horas cátedras. Además, solicitó efectivizar la convocatoria a elecciones en la Junta Única de Evaluación de Títulos y Antecedentes de Educador de Nivel Obligatoria (JUETAENO). En caso contrario, el gremio anticipó que iniciará acciones judiciales contra el titular del ministerio, Walter Flores. Se trata de dos cartas documento dirigidas al Ministerio de Educación de la Provincia, en la persona de su titular, Walter Flores, y que llevan la firma del secretario general de AMP, Rogelio De Leonardi.
La primera de ellas expresa: “atento el vencimiento de los plazos estatutarios y paritarios sobre Carrera Docente, referido a la Convocatoria a Concursos docentes para ingresos, ascensos, traslados, acrecentamiento de cargos y/u horas cátedras, como así también de concentración de horas y/o cargos docentes (Res. N° 84/09 del Consejo Federal de Educación), acta paritaria N°3 del 2 de octubre de 2008 y metas educativas 2012 – 2015, por resolución de la 179° Asamblea Extraordinaria de Delegados Escolares de la AMP, intimamos a Ud. a publicar la Convocatoria a Concursos Docentes para los niveles iniciales, primario y secundario en el plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de iniciar causas judiciales”. Por otra parte, en la segunda misiva, el gremio docente pretende que se efectivice la convocatoria a elecciones de renovación parcial de miembros de la JUETAENO, ya que considera que se ha producido el vencimiento de dicho llamado hace dos meses, según lo previsto por el Decreto 530/03. Desde AMP aclararon que ambas intimaciones tienen un plazo de 72 horas y que en caso de no obtener resolución positiva, se iniciarán acciones judiciales a los efectos de que se ejecute los deberes del cargo, como así también por la omisión legal de cumplir con el Decreto 530/03 en tiempo oportuno. | ||||
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