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INADI apoya el matrimonio entre personas del mismo sexo

La Delegaci?n La Rioja del INADI considera un avance muy importante para el reconocimiento de los derechos de las personas gays, lesbianas y transexuales, el fallo de la jueza Gabriela Seijas, que declar? la inconstitucionalidad de los art?culos 172 y 188 del C?digo Civil y orden? al Registro Civil que celebre el matrimonio de Alex Freyre y Jos? Maria Di Bello. Se trata de los art?culos que establecen que para el casamiento es necesario el consentimiento de "un hombre y una mujer" y fijan la famosa f?rmula de "los declaro marido y mujer".

El INADI coincide con la sentencia de la Jueza que- con argumentos jur?dicos, sociales y culturales- sostiene que negarles la posibilidad de casarse a dos personas de igual sexo es profundamente discriminatorio. La negativa del casamiento a dos personas del mismo sexo impide a los actores disfrutar de los derechos de que son titulares las parejas que acceden al matrimonio. Por ejemplo, ventajas tributarias a la pareja, derechos de herencia y pensiones, privilegios testimoniales, beneficios en pol?ticas migratorias, capacidad de decidir por otro en situaciones de imposibilidad, entre muchas otras. Esta prohibici?n legal que impide a los actores contraer matrimonio -y por ende acceder a las ventajas mencionadas- resulta discriminatoria. El fallo cita el articulo 16 de la Constituci?n Nacional que establece el principio de igualdad ante la ley e incorpora la "doctrina de la categor?a sospechosa" aceptada por la Corte Suprema de Justicia, que establece que cuando una norma excluye del goce de un derecho o del acceso a un beneficio a una categor?a entera de personas -en este caso gays y lesbianas-, se sospecha su inconstitucionalidad y el Estado debe probar bajo estrictos est?ndares que el empleo de tal clasificaci?n es imprescindible para un fin legitimo que no puede alcanzarse por otro medio. La Jueza indica que el Registro Civil no pudo probar que la exclusi?n de los homosexuales en el acceso al matrimonio pasara el examen de constitucionalidad y lo compara con otros antecedentes: la legislaci?n nazi que imped?a el matrimonio "entre jud?os y s?bditos de sangre alemana o asimilables" y la legislaci?n norteamericana que hasta 1967 prohib?a los matrimonios interraciales. Los matrimonios gays ya existen, es lo mismo que ocurr?a cuando hab?a matrimonios de divorciados que la ley no reconoc?a, lo que se est? discutiendo es la legalidad. Con este antecedente judicial ahora debe ser el Congreso Nacional el que avance y discuta el proyecto de ley que permite equiparar derechos en relaci?n a la sociedad conyugal, a la adopci?n, a la herencia y a los derechos migratorios. El matrimonio para todos y todas contribuye a la construcci?n de una sociedad libre e igualitaria en derechos. Restringir el acceso al casamiento a las parejas del mismo sexo no s?lo limita sus derechos como ciudadanos, sino que los ubica en un lugar de desigualdad social que fundamenta las situaciones m?s violentas de discriminaci?n que a?n hoy viven algunos argentinos y argentinas.

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