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AMP > 30.MAR.2012 > VOLVER
AMP se pronunció a favor de la interrupción voluntaria del embarazo por violación La Asociación de Maestros y Profesores de La Rioja (AMP), recibió con satisfacción el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al que calificó de “ejemplar” porque reafirma los derechos humanos de las mujeres, de interrumpir voluntariamente el embarazo resultante de una violación, derechos contemplados desde 1921 en el Código Penal Argentino (Art. Nº 86). La AMP informó que las entidades de base nucleadas por la Confederación de Trabajadores de la Educación Argentina (CTERA), están trabajando para instalar el debate por la despenalización y legalización del aborto en Argentina, bajo el lema integral “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. Asimismo, destacó la recomendación de la Corte a los Poderes Judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que implementen protocolos hospitalarios para la concreta atención de esas mujeres, porque por más de 90 años, el ejercicio de ese derecho se vio obstaculizado por médicos y funcionarios que judicializaban innecesariamente la práctica solicitada por las víctimas, impulsándolas a desistir de su pedido en ese ir y venir de expedientes a contra reloj, sin reconocerlas como “sujetas dignas y con derecho a decidir sobre sus cuerpos”. La AMP calificó de positiva la decisión del Ministerio de Salud riojano de encolumnarse entre las provincias que a partir de este fallo dispusieron los mecanismos para que las mujeres y niñas víctimas de una violación puedan en los hospitales públicos interrumpir voluntariamente su embarazo y remarcó que la guía terapéutica del Ministerio de Salud de la Nación para el aborto no punible está en amplia sintonía con el fallo de la Corte. “Este es el momento preciso para que el ministro de Salud de la Nación y el de la Provincia, Juan Luna, eleven esa guía a resolución ministerial y se controle que se cumpla en todos los hospitales, centros de salud y obras sociales, para que efectivamente sólo baste la declaración jurada por parte de la víctima para acceder a la práctica”. El Sindicato recordó que el Código Penal de la Nación Argentina establece que la interrupcción voluntaria de un embarazo “practicada por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, si el embarazo proviene de una violación o si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente”. Finalmente, el gremio docente instó a que la Provincia arbitre los medios para que la Secretaría de la Mujer, el Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable, el Servicio de Adolescencia del Hospital Vera Barros (donde se atiende a nenas embarazadas por violación) y todos los programas que brindan consejería destinada a la mujer, informen sobre este derecho que tienen. | ||||
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